Uso de combustibles alternativos: mapa de la situación reglamentaria
El grupo de trabajo sobre combustibles alternativos de bajo y cero carbono de la Alianza Global de la Industria GreenVoyage2050 realizó un ejercicio de cartografía reglamentaria, con el objeto de informar y ayudar a los Estados miembros de la OMI y al sector marítimo en general a identificar y abordar los posibles problemas reglamentarios que podrían surgir al considerar el uso de un determinado combustible marino alternativo.
El amoníaco, el hidrógeno, el etano y el éter dimetílico (DME) figuran entre los combustibles marítimos “alternativos” que podrían requerir una futura labor de reglamentación. Esta evaluación es el resultado de un ejercicio de cartografía reglamentaria llevado a cabo por el grupo de trabajo sobre combustibles alternativos de bajo y cero carbono de la Alianza Global de la Industria GreenVoyage2050 para apoyar el transporte marítimo con bajas emisiones de carbono (Low Carbon GIA), con aportaciones y contribuciones de la Cámara Naviera Internacional (ICS).
La evaluación de cómo los combustibles marinos alternativos y los convertidores de energía figuran en los principales convenios e instrumentos reglamentarios de la Organización Marítima Internacional (OMI) tiene por objeto informar y ayudar a los Estados miembros de la OMI y al sector marítimo en general a identificar y abordar los posibles problemas reglamentarios que podrían surgir al considerar el uso de un determinado combustible marino alternativo.
El resultado del ejercicio de cartografía puede consultarse en el sitio web GreenVoyage2050 en un formato tabular que utiliza un sistema de codificación por colores tipo semáforo que representa los actuales niveles de preparación reglamentaria clasificados como Bajo, Medio y Alto. La categorización fue acordada por los miembros de la corriente de trabajo sobre combustibles alternativos de bajo y cero carbono de la Low Carbon GIA.
Los principales convenios de la OMI examinados fueron el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), el Código Internacional de Graneleros Químicos (Código IBC), el Código Internacional de Seguridad para Buques que utilizan Gases u otros Combustibles de Bajo Punto de Inflamación (Código IGF) y el Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transportan Gases Licuados a Granel (Código IGC).
Entre los combustibles y fuentes de energía considerados figuran los combustibles convencionales gasóleo/gasóleo/ fuelóleo, combustibles líquidos bio/sintéticos, metanol, etanol, dimetiléter (DME), propano/butano (GLP), metano (GNL), etano, amoníaco e hidrógeno.
Este ejercicio de mapeo ha identificado algunas áreas en las que puede ser necesario que la OMI, pero potencialmente también otras organizaciones de normalización y certificación, sigan trabajando en materia de reglamentación. Algunas de estas áreas incluyen el desarrollo de directrices de seguridad para el uso a bordo de combustibles alternativos, asuntos relacionados con la calidad de los combustibles alternativos, las emisiones de GEI del ciclo de vida y el desarrollo de normas para los motores y la evaluación de los posibles impactos y riesgos de los vertidos de combustibles marinos alternativos.
El Low Carbon GIA, que reúne a los principales armadores y operadores, sociedades de clasificación, constructores y proveedores de motores y tecnología, proveedores de big data, compañías petroleras y puertos, reconoce que la OMI ya ha iniciado trabajos concretos para abordar varias de estas cuestiones, mientras que algunas otras requieren propuestas concretas para avanzar en los debates en los diferentes órganos de la OMI.
Cabe señalar que la identificación de un nivel bajo de preparación reglamentaria para un combustible concreto no indica necesariamente un obstáculo potencial para la adopción del combustible, sino que simplemente identifica el alcance del trabajo futuro que deben realizar la OMI y otras partes interesadas, según proceda.
Tore Longva, responsable de la corriente de trabajo sobre combustibles alternativos de bajo y cero carbono de la GIA, declaró: “En el marco de esta corriente de trabajo, los miembros de la Low Carbon GIA de todo el sector han aportado su experiencia para llevar a cabo varias actividades hasta la fecha con el fin de apoyar la adopción de combustibles alternativos para el transporte marítimo con bajas emisiones de carbono. Esta evaluación de la situación reglamentaria con respecto al uso de combustibles alternativos representa una pieza crucial del trabajo emprendido por la Low Carbon GIA para apoyar a los Estados miembros de la OMI en la identificación de posibles lagunas reglamentarias que deberán colmarse en el futuro”.
En el contexto del proyecto sobre combustibles y tecnologías del futuro para un transporte marítimo con bajas o nulas emisiones de carbono (Proyecto FFT), recientemente lanzado, la Organización Marítima Internacional está abordando una serie de lagunas normativas identificadas en apoyo de los debates en los comités de reglamentación de la entidad.
El Low Carbon GIA es una asociación público-privada que opera en el marco del Proyecto GreenVoyage2050. El objetivo de la Low Carbon GIA es desarrollar soluciones innovadoras para abordar las barreras comunes a la descarbonización del sector del transporte marítimo.
Fuente: Porthink por: Claudio Lobos Romero
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